DEFENSA TECNICA PLAN ESTRATEGICO
La defensa técnica se realizara tal como esta planteado en nuestra carta política del 91, C.P.P., el estatuto del abogado y el código disciplinario; es decir:
1. La Brigada Jurídica y la F. No Odhiar, estará a cargo de abogados profesionales que libremente designe el imputado, la cual podrá ser desde el momento de su captura o formulación de imputación realizara todas las facultades, derechos y atribuciones especiales que le confiere la ley.
2. En la defensa técnica el profesional del derecho dará plena aplicación al derecho de defensa en al ámbito internacional; a los principios básicos sobre la función de los abogados, pactos y declaraciones internacionales; al conjunto de principios básicos para la protección de las personas sometidas a cualquier forma de detención o prisión y a los principios básicos para el tratamiento de los reclusos entre otros.
3. Tendrá en cuenta los diversos documentos de investigación de la brigada y ONG sobre derechos humanos y presos políticos.
4. La Brigada Jurídica “EDUARDO UMAÑA MENDOZA”, como organización defensora de los DDHH, en las defensas técnicas exigirá el respecto y las garantías de los derechos a la vida, la libertad, a la integridad, un trato digno, un juicios justo y a los demás derechos de los ciudadanos privados de la libertad por razones políticas y promoverá los procesos de connivencia y ruptura procesal según los casos; así como el intercambio humanitario y una amplia y generosa amnistía para todos los presos políticos.
WLDARICO FLOREZ -PEÑA
La defensa técnica se realizara tal como esta planteado en nuestra carta política del 91, C.P.P., el estatuto del abogado y el código disciplinario; es decir:
1. La Brigada Jurídica y la F. No Odhiar, estará a cargo de abogados profesionales que libremente designe el imputado, la cual podrá ser desde el momento de su captura o formulación de imputación realizara todas las facultades, derechos y atribuciones especiales que le confiere la ley.
2. En la defensa técnica el profesional del derecho dará plena aplicación al derecho de defensa en al ámbito internacional; a los principios básicos sobre la función de los abogados, pactos y declaraciones internacionales; al conjunto de principios básicos para la protección de las personas sometidas a cualquier forma de detención o prisión y a los principios básicos para el tratamiento de los reclusos entre otros.
3. Tendrá en cuenta los diversos documentos de investigación de la brigada y ONG sobre derechos humanos y presos políticos.
4. La Brigada Jurídica “EDUARDO UMAÑA MENDOZA”, como organización defensora de los DDHH, en las defensas técnicas exigirá el respecto y las garantías de los derechos a la vida, la libertad, a la integridad, un trato digno, un juicios justo y a los demás derechos de los ciudadanos privados de la libertad por razones políticas y promoverá los procesos de connivencia y ruptura procesal según los casos; así como el intercambio humanitario y una amplia y generosa amnistía para todos los presos políticos.
WLDARICO FLOREZ -PEÑA
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