miércoles, 3 de abril de 2013

CARTA AL SEÑOR PRESIDENTE JUAN MANUEL SANTOS CALDERON

Marzo del 2013.

Señor: Presidente de la República.
Doctor
: JUAN MANUEL SANTOS CALDERON

E.   S.        D.

Cordial saludo.

Referencia: Derecho de petición art 23 de la CN arts 13 y 14 de la ley 1437 del 2011 del nuevo CCA.
Asunto: Planteamiento y solución de la emergencia social carcelaria. 

Amparados bajo la constitución y las leyes vigentes solicitamos.

Los reclusos abajo firmantes pertenecientes al Movimiento Nacional Carcelario (MNC) confinados en las cárceles y penitenciarias de: combita, barne, Chiquinquirá en Boyacá, palo gordo, modelo en Santander, la tramacua en Valledupar cesar, doña Juana en dorada caldas, san isidro en Popayán, ERON, picota, modelo y buen pastor en Bogotá, pedregal, puerto triunfo, Bellavista, santa Inés en Antioquia, modelo y ERON en Cúcuta norte de Santander, coiba y picaleña en Ibagué Tolima, alcatraz en acacias meta, las mercedes en montería Córdoba, el cunduy en Florencia caquetá, rivera en el Huila, la Pola en guaduas Cundinamarca, Mocoa en el putumayo, ana yancy en Quibdo choco, santa rosa de Viterbo, la vega en Sincelejo sucre y en representación de todos los presos y con el respeto que su investidura y función nos merece, queremos a través de este medio hacerle llegar un documento preliminar que recoge las discusiones y análisis de la grave problemática social en cárceles y penitenciarias del país en el marco de las constantes deliberaciones que por todo el país las mujeres y los hombres en reclusión realizan en aras de buscar la solución definitiva al estado de cosas inconstitucionales al interior de las prisiones la que no es ajena a la crisis social y humanitaria de todos los colombianos.

PUNTOS A SOLUCIONAR.

                        SALUD

Solución a nivel general "Colombia", centros carcelarios.

Como es de conocimiento de parte del estado los servicios de CAPRECOM han sido deficientes y han incumplidos con los deberes asignados en la contratación a partir del decreto 1141 del 01 de abril del 2009 donde el gobierno nacional reglamento la afiliación de la población reclusa al sistema general de seguridad social en salud; como petición principal en este aspecto es que el INPEC asuma la responsabilidad directa, integral y programática de salud que se ajuste a las necesidades reales de cada centro de reclusión según la normatividad de la ley 65/93.  
El asunto consiste en que una empresa asignada a preservar la salud y la vida de los internos, soporte mas de 3.000 tutelas y aun este vigente, a pesar de las batallas innumerables por parte de nosotros los internos; vemos con asombro que el estado de acuerdo a las facultades que se le otorgan y en especial a usted señor presidente mediante el art 18 de la ley 1444 del 2011 de crear entidades u organismos de rama ejecutiva del orden nacional donde se creo la unidad de servicios penitenciarios y carcelarios (SPC) lo cual tenia como finalidad el apoyo administrativo y de ejecución de actividades que soporten al INPEC para el cumplimiento de sus objetivos de modo mas eficiente decreto 4150 del 03 de noviembre del 2011; toda esta suerte de situaciones nos lleva a pensar que hay intereses burocráticos mas no de preservación de la vida e integridad de la población (carcelaria) reclusa: pues a la creación de esta unidad no solo persiste la problemática si no que ha empeorado. Rememoremos que la salud como derecho fundamental en el ser humano entendida como el disfrute del mas alto nivel posible del bienestar físico mental y social que incluye, entre otros la atención medica, psiquiátrica, odontología adecuada la disponibilidad permanente de personal medico idóneo e imparcial, el acceso a tratamientos y medicamentos apropiados y gratuitos, la implementación de programas de educación y promoción en salud, inmunización, prevención y tratamiento de enfermedades infecciosas, endémicas y de otra índole y las medidas especiales para satisfacer la necesidades particulares de salud de las personas privadas de la libertad, pertenecientes a grupos vulnerables o de otros riesgos tales como: las personas adultas mayores, los discapacitados portadores de (VIH) sida, tuberculosis y los de fase terminal; el tratamiento deberá basarse en métodos científicos y aplicar las mejores practicas.

Concluye este punto Señor presidente, las estrategias implementadas por el Gobierno Nacional han sido excesivamente vagas y generales en establecimiento de competencias y funciones y responsabilidad para garantizar de manera efectiva el derecho de la salud de los reclusos.

               HACINAMIENTO.

Los reclusos de las diferentes cárceles de Colombia nos encontramos de nuevo frente a un problema que tiene visión de convertirse en mayor si no se realiza la eficaz intervención que esta vez corresponde al gobierno Nacional; dada la persistencia de las circunstancias violatorias de los derechos fundamentales de los internos; recordemos lo calificado por la corte constitucional en Sentencia T-153 de 1998, como un "estado de cosas institucionales"; 15 años después este importante fallo y pese a lo reiteradas a las recomendaciones proferidas por organismos internacionales de derechos humanos (DD-HH), dirigidos al estado colombiano sobre la grave situación en esta materia la persiste y se reduce diariamente sin que se asuman planes o políticas publicas que profundicen en el análisis de cada una de las situaciones violatorias evidenciadas y que se solucione de manera efectiva dicha crisis ., creemos que es una rentabilidad la privación de la libertad a gran escala -industrialización de la prisiones- garantizando de esa manera el incremento de gasto en las inversiones.  En construcción, contratación de servicios públicos y alimentarios,  vestuario, explotación laboral entre otras formas del monopolio del capital atreves de la prisión sumado a ellos que las nuevas leyes punitivas coartan el derecho a la libertad dado que existen penas de prisión elevadas, represivas las que no permiten dar beneficios administrativos y subrogados penales, convirtiendo la cárcel como método de venganza y pena de muerte., este concepto de hacinamiento en que las cárceles.     De seres humanos, es el resultado del desconocimiento de constitucionalidad al crear delitos para imponer penas contrarias a la muchedumbre que en suma  son los marginados por el estado para tal problemática estructural (del estado)  queremos remitirnos a la carta mana para que se restauren los derechos que se encuentran coartadas en la ley como son:

A) DERECHO A LA LIVERTAD ART.29 DE lA CN.

Trayendo a colección que los administradores de "justicia" al negar los beneficios administrativos y subrogados penales oiga se por no pagar la multa impuesta en sentencia condenatoria, aplicación de leyes que contraria la constitución se vulnera y por el contrario si da para que dicha pena de prisión, sea por deuda con el estado, medidas imprescriptibles que vulneran de manera directa el debido. Proceso que tiene que ver con la pena y la resolisacion del prisionero.
Así las cosas y tratándose de solucionar este problema de sobre población carcelaria por las medidas adoptadas por los jueces de ejecución de penas y medidas de seguridad an colmado los penales de reclusos con derecho a la libertad condicional y otros subrogados penales, también. Existen atrasos de las evaluaciones por parte del ser en los penales, de los cuales congestionando un elevado de solicitudes sumado a que los jueces de ejecución de penas y medida de seguridad no asen un seguimiento adecuado de la pena y debemos recurrir a innumerables tramites o tutelar para lograr ser escuchados lo susodicho tiene acervo en el art 51 de la ley 65 del 93 que los juzgados de ejecución de pena de seguridad deben hacer visitas periódicas al interno, las condiciones que viven y sus necesidades

B).DIGNIDAD HUMANA.

Queremos proponer como solución se cree una legislación de emergencia a la política criminal penitenciaria donde se retome la propuesta de la rebaja de penas la cual seria asta de un 50% y sea estudiada la posibilidad de plantear ante el honorable congreso de la república la alternatividad penal, fijando penas de prisión re socializadoras  que puedan ser de manera coherentes y humana,  acorde a los postulados internacionales de la ONU, DEIH, RMPTR, PBPLA. No pedimos impunidad, clemencia, lastima, pedimos respeto por la dignidad humana ya que las leyes preexistentes vulneran. Nuestra constitución y de paso los mismos servidores no aplican la ley permisiva o favorable pues la están aplicando exegéticamente con el argumento de que no hay delincuentes recuperables   dudando Así del objetivo con que fue creada la pena de prisión que es la posibilidad que tiene el sujeto frente al castigo pues esa posición del estado y los jueces demuestran que en Colombia si existe la cadena perpetua y la pena de muerte simbólica por el quantum de la pena de la pena que en la practica se va materializando por las diferentes leyes que anulan o restringen los beneficios administrativos  y otros que es lo que ahora acontece. Como es sabido en Colombia el derecho es rogado lo que ase que amenidad que le interno necesite sus beneficios administrativos y lo subrogados penales, aparecen una serie de obstáculos que prolongan en el tiempo la privación de la libertad y una serie de costos económicos el cual el recluso no tiene como sufragar; no hay criterios unificados y definidos en la ley que permitan el desarrollo real ilegal de la norma, puesto que en unos distritos judiciales conceden los beneficios de subrogados penales mientras que en otros no. Es claro que el infractor no necesita represión o tortura lo que necesita es una oportunidad en la sociedad, hacerlo útil a la misma y a la familia.
Con todo lo anterior no puede cohonestar el gobierno nacional el echo de que se este presentando la anomalía y persistente situación en las cárceles de país, consistente en un hacinamiento que supera del 53%, y que tal circunstancia tiende a aumentar y perpetuarse ante la mirada pasiva. del estado colombiano. Por ej: datos recientes revelan la alarmante cifra de 7550 presos en Bellavista con un hacinamiento superior del 300% igualmente ocurre en villa hermosa Cali 5800 presos, pedregal 2400, Ibagué 3050, ternera 2300, montería, Riohacha Cúcuta modelo Bucaramanga, modelo Bogotá, picota entre otras muchas teniendo en cuenta las anteriores estadísticas le peticionamos que decrete la "EMERGENCIA SOCIAL CARCELARIA" ante el colapso del sistema penitencial carcelario, para que a su ves el legislativo promulgue las leyes a que allá lugar para el restablecimiento y ordenamiento del sistema penitenciario y que asiendo uso de que sus facultades como suprema autoridad administrativa del país realice todas las actividades necesarias para poner pronto fin a esta delicada situación, vinculada con la conservación del orden publico y con la violación crónica y sistemática de los mas elementales derechos humanos:


de lo anteriormente argumentado, solicitamos como método idóneo y eficaz para descongestionar los penales y además como una nueva oportunidad de reintegrarse a la sociedad y al único nexo real que permanece vigente que esta constituido por la familia por ello es imperativo tener en cuenta esto:

1)Rebaja de asta un 50% de las penas para todos presos de Colombia, todos los delitos sin excepción

2)Aumentar el numero de jueces de pena y medida de seguridad de los diferentes distritos y judiciales del país          
3)Implementar un acuerdo con las universidades de las diferentes regiones para que los estudiantes de derechos hagan sus pasantias apoyando las diferentes oficinas jurídicas de los establecimientos penitenciarios con el propósito fundamental de agilizar peticiones, solicitudes de los reclusos que actualmente se encuentran represadas por falta de personal.

4)Que los jueces especializados no sigan siendo asimilados a los jueces extraordinarios pertenecientes a una jurisdicción especial, se trata de funcionarios judiciales que asen parte de la justicia ordinaria y quienes tiene bajo su ámbito de competencia ciertas conductas punibles. Pero no por ello implica desconocimiento de las garantías procesales y sustanciales básicas; por lo tanto requerimos que las personas que resulten condenadas por algún delito de competencia de estos funcionarios se encuentren sometidos a un mismo rasero cuando de beneficio se trata, pues de lo contrario se estaría violando el derecho a la igualdad contenido de el art 13 de la Carta Politica, toda vez que existe normatividad   aplicable para establecer un equilibrio de igualdad frente a las demás personas internas.

5)que el gobierno nacional disponga de los recursos necesarios para dar el óptimo cumplimiento de los puntos citados.


REFORMA A LA LEY 65 DEL 93.

Para tan importante tema le queremos manifestar al señor presidente permitir la creación de una comisión de internos a nivel nacional para participar de forma directa en las discusiones sobre la reforma del código penitenciario actual (ley 65 del 93) ya que la finalidad de dicho código es alcanzar la resocialización, pues actualmente la política carcelaria esta caracterizada por denotar un tinte de venganza frente al infractor para lo cual le proponemos lo siguiente:

A)acercamiento familiar o procesal.
Dentro del actual código penitenciario art 75 enumera las causales que dan lugar al traslado de los reclusos las que solo se aplican como medidas de castigo por una presunta o real falta al régimen disciplinario, desconociendo que la pena del infractor tiene una función, preventiva y determina asi mismo que su objetivo fundamental consiste en obtener la resocialización; entonces si hablamos de resocialización donde queda el rol que desempeña la familia en la vida del recluso?.

Recordemos que la participación activa de la familia en la resocialización del interno es indispensable por este el pie de apoyo del condenado durante el tiempo de su reclusión y será su referente de llegada una vez salga de prisión, pues tanto es así que en art 143 del la ley 65/93 expresa: que el tratamiento penitenciario se verifica a través de la educación, la instrucción, el trabajo, la actividad cultural, recreativa y deportiva y las relaciones de familia. Pero cuando un recluso solicita su traslado a su lugar de origen o cerca a la residencia a su núcleo familiar es rotundamente negado, por que en las causales de traslado de art 75 de la ley 65/93 lasa razones familiares no están previstas allí, al menos no de manera expresa; no obstante el art 1 del decreto 1542 de junio 12 del 1997 esta vigente y no es aplicado, desestimando los intereses del recluso y desarticulando su núcleo familiar, como si esto fuera poco existe gran numero de sentencias por parte de la Honorable corte Constitucional que llenan el vació en cuanto se refiere a las causales del acercamiento familiar entre otras sentencias T-1275/2005 sentencia T-412/2009 y sentencia T-319/2011.

Otros puntos son los sobrecostos por traslados innecesarios y remisiones nacionales, pues se tiene que aproximadamente el INPEC se gasta un Billón de pesos anualmente, esto sin contar los traslados obligados en tutela y el pull de abogados permanente que tiene el INPEC para contestar tutelas al respecto; y únicamente en contra del INPEC existen mas tutelas por traslados y salud que de otra índole. Incluso es el ente gubernamental en quien recae la cantidad mas elevada de interposiciones de tutelas en el país, en este asunto neurálgico que atenta contra la dignidad humana el núcleo familiar y el derecho de los niños; solicitamos la inclusión. En las causales de traslado del nuevo código el acercamiento familiar y la inmediación judicial.

MINIMO VITAL.

En cuanto a este punto el hecho de la privación de la libertad judicialmente declarado sumado al de la reclusión efectiva convierten al recluso en titular del derecho a la dotación cuyo administrador de cada penal tendrá el deber jurídico correlativo de suministrarlo.
Esta relación jurídica es fácilmente traducible en términos constitucionales así: el recluso es titular al derecho fundamental al mínimo vital.
El punto clave es determinar y dejar estipulado claramente dentro del nuevo código cual es el contenido del mínimo vital la periodicidad del mismo la cantidad o en otros términos cual es su termino de protección, o si se quiere en términos mas técnicos, cual es en definitiva la prestación debida pues en lo dispuesto por el legislador en el art 67 ley 65/93 no quedan regulados con precisión. 


NO A LA EXTRADICION.

Por
principio de dignidad patriótica y soberana, queremos expresar de manera categórica nuestro inconformismo con la extradición de nuestros hermanos colombianos a penales extranjeros pues nada mas alejado del respeto por nuestra soberanía nacional y el desconocimiento, desconfianza del sistema judicial nuestro, demostrado al enviar nuestros compatriotas para que sean juzgados en otros países como si no tuviéramos leyes establecidas; es digno que juzguen los nuestros en otros países y nosotros no poder juzgarlos a ellos con nuestra normativa?. Pues una cosa es que no tengamos operadores de justicia actos, y otras las normas ya establecidas que de no ser efectivas se acudirá a la constitución. Igualmente solicitamos que a los colombianos presos en el extranjero sean repatriados ya que las embajadas hacen oídos sordos al dolor y necesidad de nuestros hermanos colombianos en el extranjero, este legitimo derecho que recae en las embajadas y consulados no funciona por la indiferencia del estado en general por lo que es urgente repatriar a los nuestros y de paso enviar a sus países de origen a los extranjeros presos en Colombia y con ello aliviar el sufrimiento de no ver a sus seres queridos entre otras. 

MESA DE TRABAJO Y COMISION DE RECLUSOS.

Pedimos restablecer las mesas de trabajo en todas las cárceles y penitenciarias a nivel nacional y de paso permitir la creación de una comisión de reclusos a nivel nacional, con soporte jurídico para futuros acercamientos con delegados del gobierno nacional, para tratar los temas carcelarios y de contera entrar a tener soluciones de corto mediano y largo plazo; las primeras como mecanismo de discusión al interior de los penales para así enviar las conclusiones a la comisión Nacional de reclusos que entrarían a dialogar con la comisión gubernamental, para tal fin escogemos la jurisdicción de Cundinamarca como escenario pues facilitaría la ubicación temporal de los voceros y a su vez nos permitiría esta logística para alternar con nuestros futuros asesores externos (ONGs) las que también serian importantes e indispensables permitir su asistencia a los debates al nuevo código y que sean escuchados sus propuestas al igual que nuestros voceros en el congreso.
Desde ya aclaramos que con el restablecimiento de las mesas locales de trabajo no se pretende renunciar a la participación activa de la delegación para la creación de la comisión a nivel Nacional.

Adicionalmente señor presidente queremos manifestarle que para los días 9,10 y 11 de abril las cárceles en cita y otras haremos una huelga de hambre y desobediencia pacifica con el único propósito de visibilizar y sensibilizar tanto al gobierno nacional como a las entidades administradoras de justicia para que desde el congreso de la República se legisle en pro de buscar soluciones contundentes y efectivas a esta problemática y de contera que se permita la creación de la comisión ya mencionada.
Igualmente le manifestamos de forma humilde y respetuosa que de no encontrar oídos receptivos y soluciones el (MNC) convocara paulatinamente a desarrollar huelgas y desobediencias pacíficas hasta conseguir lo peticionado y desde ya responsabilizamos al gobierno nacional, al congreso de la República que las consecuencias que acarreen las jornadas de huelga y protesta, las que estarán sujetas a la ley como lo estipula el atr 37 de la CN, y clamor nacional de soluciones sociales y no represivas ante una política criminal penitenciaria que colapso, pues los métodos utilizados hasta el momento han demostrado su ineficacia.

Agradecemos señor Presidente su atención y deseando que nuestras peticiones sean atendidas favorablemente.

Cordialmente.

Gustavo Arbelaez cardona. TD 4499 patio 1 penitenciaria de combita Boyacá.

Tulio Murillo Ávila TD.202956 Patio 6 cárcel modelo de Cúcuta norte de Santander.

José Marbel Zamora Pérez TD 5606 torre 5 penitenciaria de Valledupar cesar.

José Augusto Bernal Romero TD 2001 patio 1B. Penitenciaria Doña Juana Dorada caldas.

Darwin Detancour Muñoz TD 57020 patio 14 cárcel ERON picota Bogotá.

Luis Alberto Castañeda estrada TD 840 penitenciaria de pedregal Antioquia.

Alfonso Ramos Perdomo TD 29529 patio 8 cárcel del Barne en Tunja Boyacá.

Robinson Rosales Londoño. TD 4203 patio 6 de la penitenciaria de Valledupar cesar.

Julio Emilio Usuga Urrego TD 4335 patio 3 penitenciaria de palo gordo en Girón Santander.

Armando Ruiz Arroyave TD 291939 patio 16. Nilson Antonio Barrera Villalba TD 291160 patio de seguridad de Bellavista en Medellín Antioquia.

Doris Suárez Guzmán TD 187 patio 3 penitenciaria de Jamundi Valle.

Nelson David Mora TD 201472 patio 1carcel modelo de Cúcuta norte de Santander.

Carlos Siavato TD 2136 cárcel de santa rosa de Viterbo.

Adela Pérez Aguirre TD 66487 patio 6 cárcel buen pastor Bogotá.

Luis Carlos Collazos TD 10716 patio 8 penitenciaria de san isidro Popayán.

Veder Arias Rojas TD.         Patio 6 de la penitenciaria de Alcatraz en acacias meta.

Gustavo Cifuentes Lozada TD 204644 bloque 3 pabellón A fortaleza de Ibagué Tolima coiba picaleña.

Franklin Santos TD 4263 cárcel del circuito de Arauca Arauca.

Rodolfo Mendoza TD 6318 penitenciaria de el Cunduy en Florencia caquetá.

Jose Leonardo Muños patio 2 de la penitenciaria de Combita Boyacá.

Luz Delly Hincapié TD 00150 torre norte ERON de Cúcuta norte de Santander.

Johan Andrés Niño TD 358563 patio 2B cárcel Modelo de Bogotá.

Con copia a:

Defensoría del pueblo, Procuraduría General de la Nación, Congreso de la República, Consejo Superior de la Judicatura, a las Honorables Cortes Suprema de Justicia y Constitucional, Fiscalía General de la Nación, a la Vicepresidencia de la República, a la personería, ONGs defensoras de DD-HH nacionales e internacionales y Director General del INPE,  Prensa hablada y escrita y demas.

lunes, 12 de noviembre de 2012

CONTINUACIÓN DEL JUICIO SOBRE “LA MASACRE DE MONDOÑEDO” 20 DE NOVIEMBRE DE 2012



La Fundación Brigada Jurídica Eduardo Umaña Mendoza se permite invitar a las víctimas, abogados, defensores de derechos humanos y demás, a la continuación del juicio sobre el caso conocido como La Masacre de Mondoñedo” el próximo martes 20 de Noviembre a las 9:00 a.m. en el Juzgado Séptimo Penal del Circuito Especializado de Bogotá Calle 31 No. 6-20 Piso 2.

Como es de conocimiento de la opinión pública y de la comunidad de derechos humanos, en el marco del 16º  Aniversario de Impunidad de dicha masacre (6 y 7 de Septiembre de 1996), se emprendieron diversas acciones con el objetivo de que dicho delito no prescriba y se reconozca como un delito de lesa humanidad, para que se respete y se le de cumplimiento  a los principios fundamentales de justicia para la víctimas, el conjunto de principios para la protección y promoción de los derechos humanos mediante la lucha contra la impunidad.

En ese sentido, inicialmente varias ONGs interpusieron un derecho de petición el pasado 15 de agosto de 2012,   dirigido al señor Fiscal General de la Nación Dr. Luis  Eduardo Montealegre Link,  donde se solicitaba que se absolvieran varias preguntas con respecto a La Masacre de Mondoñedo”, como la revocatoria de la Resolución Inhibitoria  del 13 de octubre de 2005 dictada dentro del proceso penal  No. 543A  a favor de varios suboficiales  y agentes de la Policía Nacional.

Dado que la fiscalía no respondió dentro del termino legal fue necesario interponer una acción de tutela ante el Tribunal Superior  del Distrito Judicial de Bogota –Sala de Decisión Penal- y fruto de lo cual obtuvimos extemporáneamente la respuesta que  generó una situación de insatisfacción porque las “respuestas” fueron supuestamente respondidas por la Asistente  de Fiscal II CLAUDIA ASTRID RODRIGUEZ SOLER, con una serie de desinformaciones y desconocimiento total del proceso.

Fue por ello que se envió un nuevo alegato jurídico el 20 de septiembre de 2012,  al señor Fiscal General de la Nación, en el cual precisábamos las graves e incorrectas respuestas que se nos trató de dar en el derecho de petición; incluyendo las fotos que demuestran las torturas y  desmembramientos de los cuerpos a que fueron sometidos los jóvenes e incineración de los cadáveres.   Igualmente, ante estos hechos se enviaron copias de los anteriores documentos al Ministerio Público y Organismos Internacionales como la CIDH, para que conocieran de lo suyo. Fue así como el Ministerio Público a través del Dr. ROMAN CARVAJAL HERNANDEZ, funcionario Procuraduría Delegada  para el Ministerio Publico en Asuntos Penales  designó a una funcionaria, la Dra. VIANNEY EULALIA ROLDAN ROJAS  Procuradora 4 Judicial Penal II, para que practique visita  a la respectiva carpeta  y ejerza la intervención que en derecho corresponda, en aras de garantizar  el respeto al debido proceso  y a los derechos y garantías  fundamentales, conceptuando sobre la necesidad y viabilidad  de constituir AGENCIA ESPECIAL, en el asunto y tomara las decisiones de conformidad con sus competencias y atribuciones.

En ese mismo sentido, la CIDH Seccional Andina solicitó se allegara todo el material probatorio ya que en esa instancia cursa un proceso por los hechos de La Masacre de Mondoñedo” ante la impunidad reinante en nuestra patria.

Finalmente, se puede concluir que al menos se logró lo siguiente:

  1. La Fiscalía Séptima Especializada,   “REVOCÓ  la Resolución Inhibitoria de fecha 13 de octubre de 2005  y en su efecto ha declarado  abierta la instrucción  contra los faltantes  de quienes participaron  en aquellos lamentables hechos,” la cual se había convertido en un factor generador de impunidad contra los miembros de la red criminal de la DIJIN que fueron favorecidos con esa decisión.
  2. El Ministerio Público a través de la Dra. VIANNEY EULALIA ROLDAN ROJAS, viene actuando en dicho proceso y es así que mediante Resolución del 9 de agosto de 2012,  constituyó la Agencia Especial  No. 101154, para intervenir  en la causa No. 1371-7  que se adelanta en el Juzgado Séptimo Penal del Circuito Especializado  en contra del Mayor de la Policía Nacional HECTOR EDISON CASTRO CORREDOR  para evitar que dicha masacre quede en la impunidad y que los autores de las violaciones a los Derechos Humanos y al DIH al menos sean investigados disciplinariamente.
  3. Se logró visibilizar en el marco de los 16 años de la Masacre de Mondoñedo que las víctimas existen, que continúa la impunidad, que las víctimas tienen el derecho inalienable a la verdad, el deber de recordar, el derecho de las víctimas a saber, a que haya garantías de independencia e imparcialidad, y, en general, a que La Masacre de Mondoñedo” no quede en el olvido.

JUNTA DIRECTIVA



Noviembre 10 de 2012.

jueves, 8 de noviembre de 2012

ENTREVISTA AL PROFESOR MIGUEL ÁNGEL BELTRÁN VILLEGAS “El único inamovible sobre la mesa debe ser la superacion definitiva del conflicto armado y social”

 “Creo en el diálogo como una salida política al actual conflicto armado y social. El éxito del proceso de paz que se adelanta en este momento dependerá no sólo de los compromisos asumidos por las partes, sino también de la necesaria participación e impulso de amplios sectores de la sociedad colombiana”.


Luego del inicio de los diálogos entre el Gobierno y las FARC, Miguel Ángel Beltrán, profesor de la Universidad Nacional que permaneció dos años en la Cárcel Modelo, acusado de pertenecer a ese grupo guerrilero, habla sobre su proceso judicial, el conflicto armado y el proceso de negociación.

Por: Juan David Ortiz Franco
        Juanda2107@hotmail.com

Se hacía pasar por ‘Jaime Cienfuegos’, su nombre es Miguel Ángel Beltrán Villegas, profesor de sociología dedicado al terrorismo”. Esas fueron las palabras de Álvaro Uribe Vélez, entonces presidente de Colombia, durante un Consejo Comunitario de Gobierno en Leticia, el 23 de mayo de 2009.

Un día antes la DIJIN presentaba como miembro de las FARC a un hombre que llegaba deportado desde México; llevaba un tapabocas, un chaleco antibalas y una mochila. Miguel Ángel Beltrán tenía entonces 46 años, era profesor de la Universidad Nacional de Colombia y, de la estancia postdoctoral que cursaba en la Universidad Nacional Autónoma de México, pasó a estar recluido en una cárcel acusado de los delitos de rebelión y concierto para delinquir agravado.

Desde el pabellón de Alta Seguridad de la Cárcel Nacional Modelo escribió una carta a sus padres donde resume sus posturas y deja ver al hombre detrás de las ideas: “Mis queridos viejos, pueden sentirse felices de que su hijo esté hoy sentado en el estrado de los acusados no por asesino y corrupto, sino por defender los ideales de justicia y libertad que ustedes me inculcaron de niño y que llevo en mi corazón como el más preciado tesoro que me ha regalado la vida. Por eso, si este tribunal que hoy me juzga me llegase a condenar, asumiré con firmeza y dignidad su fallo, porque me anima la convicción de miles de hombres y mujeres que soñamos con otra Colombia posible”.

Pasadas las 6:30 de la tarde del martes 7 de junio de 2011, luego de dos años de reclusión, Miguel Ángel Beltrán salió de la Cárcel Modelo. En el grupo que lo esperaba estaban algunos de sus compañeros y estudiantes de la Universidad Nacional. Unos días antes, el Juzgado Cuarto Penal del Circuito Especializado de Bogotá lo absolvió de los cargos que se le imputaban y ordenó su libertad.

En el momento de su captura, ¿qué representaba para el Gobierno colombiano hacer pública la imagen de un profesor universitario vinculado con las FARC?
Es importante aclarar que no se trató de una “captura”, sino de un secuestro que se realizó de manera bilateral entre Colombia y México, violando no sólo mis derechos fundamentales sino tratados internacionales, pues en ese momento me encontraba de manera legal en la ciudad de México, desarrollando una estancia posdoctoral por invitación del Centro de Estudios Latinoamericanos (CELA) de la Universidad Nacional Autónoma de México y amparado por la figura de una comisión de estudios que me otorgó la Universidad Nacional de Colombia. El propósito del Gobierno en ese momento, era demostrar que las universidades públicas estaban siendo infiltradas por la guerrilla y de esta manera, tratar de deslegitimar las expresiones de oposición crítica a su política de seguridad democrática, haciéndolas ver como aliadas con el “terrorismo”.

Hay algo sobre su proceso de lo que muy poco se conoce. Tiene que ver con la forma en que evolucionaba su defensa antes de que la Corte Suprema de Justicia declarara la nulidad de las pruebas encontradas en los computadores de ‘Raúl Reyes’. ¿Qué ocurría con su proceso en ese momento?
Mi proceso judicial se encontraba en su fase final. Esto quiere decir que mi libertad no fue producto de esa acertada decisión de la Corte, sino de la valoración que hizo la juez de las “pruebas” presentadas durante los más de dos años en que se prolongó el juicio, tal como quedó claro en el fallo absolutorio. Entre muchas otras inconsistencias se decía, por ejemplo, que como parte de la Comisión Internacional de las FARC, me había reunido con integrantes de esta organización en Cuba, cuando jamás he viajado a este país como pudo corroborarse a través de mis registros migratorios. Pero no sólo eso, hubo también testimonios como el de un ciudadano mexicano, pagado por el DAS, que realizó seguimientos durante mi estancia en México y cuyo informe concluía que yo no tenía ningún nexo con las FARC. Aunque la juez se negó a admitir esta prueba por la imposibilidad de esta persona de hacer presencia física en el juicio, era claro que se trató de un montaje judicial en mi contra.

¿Cómo avanza su proceso disciplinario en la Procuraduría?
El proceso disciplinario iniciado por el actual procurador Alejandro Ordoñez sigue su camino utilizando precisamente las mismas pruebas que ya fueron superadas en el proceso judicial. Además de ello, la Procuraduría no brinda las garantías de objetividad y autonomía requeridas, pues a lo largo del juicio, la representante del Ministerio Público demostró su clara parcialidad en mi contra. Actualmente, la Procuraduría, en una abierta violación a la libertad de pensamiento y de cátedra, ha pedido a las directivas de la Universidad Nacional que informen sobre mi participación en conferencias, cursos, seminarios nacionales e internacionales, así como sobre mis artículos y ponencias publicadas o no.

¿Cuáles son sus condiciones de seguridad en este momento?
Son delicadas. Ha habido hostigamientos, seguimientos, hurtos en mi lugar de residencia e incluso he sido informado de un plan para asesinarme. La situación llegó a un punto crítico y, pese a mi decisión de continuar con mis clases e investigaciones en la Universidad, tuve que abandonar el país, y a la fecha, el Estado colombiano no ha podido brindarme las condiciones de seguridad para retornar.

¿Qué cambió en su vida de profesor universitario luego de ese proceso?
El contacto con mis estudiantes, mis colegas y, en general, con la dinámica universitaria para mí es fundamental. Desafortunadamente, ésta se ha visto sensiblemente afectada por mi imposibilidad de retornar a la Universidad, lo que me ha obligado a desarrollar mi actividad académica en otros espacios universitarios.

¿Existe en la universidad colombiana un ambiente propicio para la opinión?
Mi percepción es que los espacios de expresión en las universidades se han restringido notablemente. Por un lado, como consecuencia de los factores asociados con la agudización del conflicto armado y social (claro ejemplo de ello es el asesinato del sociólogo Alfredo Correa, por sus comprometidas investigaciones sobre desplazamiento forzado y, más  recientemente, el exilio académico del profesor Renán Vega, Premio Libertador al Pensamiento Crítico, quien tuvo que abandonar el país por amenazas contra su vida); pero por otro lado, también, debido al control que sobre ella ejerce una burocracia tecno académica, de corte autoritario, que pretende transformar la universidad obedeciendo a esquemas que no responden a las necesidades de nuestra sociedad; donde la agenda académica e investigativa está determinada, cada vez más, por las lógicas del mercado; donde la obtención de puntos salariares se impone sobre la producción de conocimiento y  donde la actividad gremial y sindical es sistemáticamente perseguida y estigmatizada.

¿Cuál podría ser el propósito de adelantar una persecución en contra de la academia y las universidades?
La universidad ha sido un espacio para el conocimiento independiente y para el ejercicio del pensamiento crítico, eso no es funcional para una visión hegemónica de sociedad, basada en la explotación y la inequidad social y que impone el mercado como principio rector.

¿Cuáles cree que son los principales problemas de la universidad colombiana?
Son muy variados, y considero que las movilizaciones universitarias de estos últimos años los han puesto claramente sobre el tapete. Para empezar, están las dificultades de hacer investigación  en medio de un conflicto interno que sacude al país y que han convertido el campus universitario en escenario de guerra: la creciente militarización de sus predios y las agresiones y amenazas contra los miembros de la comunidad universitaria son expresiones de este fenómeno. Está, también, el tema financiero en un país donde la inversión para la guerra crece día a día, mientras el presupuesto para la educación superior, en el mejor de los casos, se mantiene constante cuando no se recorta. A estos problemas se suman los de
una universidad cada vez más encerrada en sí misma, que ha perdido su responsabilidad social para ponerse al servicio de las élites y que busca homogeneizar el conocimiento, antes que reconocer la diversidad cultural e incorporar otros saberes populares y ancestrales. Las propuestas de reforma a la educación superior, de la mano con las políticas neoliberales, solo han contribuido a agudizar estos problemas, tratando de hacer una universidad “más competitiva” que asume la educación y la investigación como una mercancía.

Luego de su absolución, ¿qué opinión le merece el aparato judicial colombiano?
Si bien en el proceso que se me adelantó triunfó la justicia al ser absuelto de los delitos de rebelión y terrorismo, tras permanecer más de dos años privado de mi libertad, la opinión que me llevo es que estamos ante un aparato altamente politizado, donde permanentemente se violan las garantías procesales de los sindicados, se favorece a quienes tienen poder político y económico, y se estimula la autoincriminación del acusado.

¿Para qué sirve la discusión sobre el concepto de terrorismo?
El “terrorismo” como concepto ha perdido las connotaciones socio-históricas que tuvo en sus inicios, durante la segunda mitad del siglo XIX. Actualmente, y tras los ataques a las Torres Gemelas y al Pentágono, el gobierno de los Estados Unidos hizo de él un instrumento de persecución contra todos aquellos que disienten de las políticas imperiales y se oponen al pensamiento hegemónico. Política que fue seguida por otras naciones del mundo. En Colombia, ha servido para estigmatizar a la oposición política y social, desviando la responsabilidad del Estado y sus élites en la inequidad estructural.

¿Qué representan en la actualidad organizaciones insurgentes como las FARC y el ELN?
Son expresiones de resistencia política y social que han encontrado en la lucha armada el camino para hacer valer sus derechos políticos, económicos y sociales, ante la sistemática violación de los mismos por parte del Estado, y frente a un régimen político que ha impedido su participación en el juego democrático.

¿Hay terrorismo en Colombia?
Si de algún terrorismo se puede hablar en el país, es de un “terrorismo de Estado”, que ha recurrido a la utilización sistemática de la violencia, bien sea a través de sus aparatos represivos o sus grupos ilegales como los paramilitares, para perseguir y eliminar la oposición política y social. El exterminio perpetrado contra la Unión Patriótica, que en el lapso de 15 años segó la vida de más de 3 mil militantes, es una prueba fehaciente de esta política que ha mantenido a la población colombiana en un estado de permanente terror.

Entonces, para usted, en el caso colombiano, ¿el término terrorismo es válido exclusivamente para referirse a algunas actuaciones del Estado? ¿Los efectos que tienen origen en las acciones de la insurgencia son “daños colaterales”?
La discusión sobre el concepto de “terrorismo” nos remite al accionar de los populistas
rusos que, en la segunda mitad del siglo XIX, lo asumieron como arma política para enfrentar el autoritarismo del régimen zarista. En este sentido histórico y sociológico, la guerrilla colombiana, por su concepción política e ideológica, no puede calificarse como una organización terrorista. Ahora bien, si se entiende por “terrorismo” el hecho de que algunas de sus acciones afecten a la población civil o la infraestructura económica, yo diría que las insurgencia armada comete acciones que, desde este punto de vista, podrían ser calificadas de “terroristas”, pero que además de no obedecer a una política sistemática, ocurren en el contexto de un conflicto armado y social que se ha prolongado y escalonado en estas cuatro décadas. Diferente es la responsabilidad de un Estado que, teniendo el monopolio de las armas, utiliza la violencia de manera recurrente para amedrentar a la población y conseguir su obediencia. En este caso, estamos hablando claramente de un “terrorismo de Estado”, con rasgos similares a los que vivieron en su momento los países del Cono Sur bajo las dictaduras militares. Los mal llamados “falsos positivos”, que no son casos aislados, así como el estímulo y promoción de los grupos paramilitares, constituyen una expresión de esta política.

¿Es legítima la lucha armada en la actualidad?
Aunque los escenarios internacionales han variado sustancialmente, en relación con los
contextos que en su momento hicieron posible pensar en la lucha armada como una vía para desarrollar las transformación políticas y sociales de los pueblos, hay que tener en cuenta que, a diferencia de otras experiencias latinoamericanas, en Colombia las guerrillas no surgen como una decisión de un grupo de hombres que, estimulados por la triunfante Revolución Cubana, ven en la lucha armada revolucionaria la vía para acceder al poder, sino como respuesta a un conjunto de situaciones objetivas: políticas, económicas y sociales, que permiten entender sus orígenes históricos. Ahora bien, en la medida en que a lo largo de estas últimas cuatro décadas estas condiciones de exclusión política y económica se han mantenido y el “terrorismo de Estado” sigue siendo una constante, la lucha armada en Colombia mantiene su legitimidad. El hecho de que el gobierno del presidente Juan Manuel Santos haya abierto una mesa de negociación con la insurgencia armada, en la que se pacta una agenda política, es de una u otra forma un reconocimiento de que las condiciones que la han alimentado siguen vigentes.

Si esas condiciones objetivas se mantienen, ¿se podría decir que Colombia es el mismo país de hace 40 años?
Eso no supone admitir que el país es el mismo de hace 40 años. Fenómenos como la urbanización, la expansión de la economía del narcotráfico que ha penetrado todos los poros de la sociedad colombiana, así como la implementación de las políticas neoliberales con sus nocivas consecuencias sociales, le ha dado al país otra fisonomía y, por lo mismo, ha puesto en el escenario nuevas expresiones de organización social. La misma insurgencia ha sufrido profundas transformaciones: las FARC que pactó la tregua bajo el gobierno del expresidente Betancur no es la misma que abrió los diálogos en la mesa de negociación de Oslo. Se observan cambios en su discurso y una apertura hacia otros sectores sociales. Sin embargo, hay elementos estructurales que se mantienen, no por casualidad uno de los primeros puntos de la agenda tiene que ver con el tema agrario que, lejos de resolverse en estos 40 años, se ha agudizado por el desplazamiento y el despojo del que ha sido objeto la población campesina por parte de los grupos paramilitares y los ejércitos privados del narcotráfico. Del mismo modo, y pese a los cambios que significó la Constitución de 1991, las garantías para la oposición política y social siguen siendo un objetivo por alcanzar en un país donde ocurren el 60% de los asesinatos a sindicalistas del mundo y donde, en el último lustro, han sido investigados por sus vínculos con los grupos paramilitares más de 200 congresistas de la República, para no hablar de los más de 3 mil militantes de la Unión Patriótica asesinados, crímenes que en su mayor parte se mantienen en la impunidad.

¿Cree en el proceso de paz que inician las FARC y el Gobierno Nacional?
Creo en el diálogo como una salida política al actual conflicto armado y social. El éxito del proceso de paz que se adelanta en este momento dependerá no sólo de los compromisos asumidos por las partes, sino también de la necesaria participación e impulso de amplios sectores de la sociedad colombiana, del amplio espectro de organizaciones sociales y políticas que puedan hacer realidad los profundos cambios económicos y sociales que requiere Colombia para poner fin a esta guerra que desangra al país.

Aunque ya se encuentran definidos, ¿cuáles cree que deberían ser los puntos básicos de discusión en el marco de ese proceso de negociación?
Considero que los cinco puntos que están contemplados en la agenda que se definió previamente son básicos para iniciar cualquier proceso de diálogo en el país. Es cierto que a diferencia de los diálogos que se llevaron a cabo en Tlaxcala y, posteriormente, en El Caguán, el tema económico no aparece enunciado de manera explícita. Es innegable que cuando se aborden los temas específicos de la agenda pactada, como el problema agrario, por ejemplo, necesariamente tendrá que plantearse una discusión sobre el modelo económico dominante.

En este proceso, es claro que hay inamovibles de parte y parte. ¿Cuáles son los inamovibles que usted pondría sobre la mesa?
A mi juicio el único inamovible sobre la mesa debe ser la superación definitiva del conflicto armado y social.

La Ley de Víctimas y la de Restitución de Tierras han representado, por lo menos, unos pasos en otra dirección por parte de Juan Manuel Santos. ¿Las considera suficientes?
La Ley de Víctimas y la de Restitución de Tierras constituyen un paso importante en el reconocimiento del conflicto interno que se desconoció durante el gobierno del expresidente Uribe. Sin embargo, son muchas sus limitaciones en términos no solo de la cobertura y las trabas burocráticas a la aplicación de las mismas, sino de la ausencia de garantías para la vida de los reclamantes. Una verdadera Ley de Víctimas y de Restitución  de Tierras pasa por el combate frontal a los grupos paramilitares y las organizaciones criminales que han sido responsables del despojo de más de 6 millones de hectáreas a los campesinos.     

Fuente: Revista Virtual DELAURBE No. 61. Periodismo universitario para la Ciudad. Palabras Propias. Págs.18-19.
Facultad de Comunicaciones Universidad de Antioquia., Octubre de 2012. Año 13.








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lunes, 29 de octubre de 2012

DENUNCIA PUBLICA: La Guardia Penitenciaria de La Picota arrecia las violaciones contra los DDHH de los internos en el ERON


Denunciamos ante la opinión publica nacional e internacional que el Cuerpo de Custodia y Vigilancia del INPEC en el Establecimiento Penitenciario de Alta y Mediana Seguridad y Carcelario de Alta Seguridad (EPAMSCAS) La Picota, de Bogotá D.C., viene incrementando sus violaciones a los derechos humanos de los internos recluidos en el Establecimiento de Reclusion del Orden Nacional, ERON, a través de sistemáticas y continuas provocaciones, agresiones físicas con uso excesivo e injustificado de la fuerza, abuso de autoridad y castigos colectivos; esto sin contar los maltratos continuados a l@s visitantes durante los fines de semana, y las obstrucciones y entorpecimientos al ingreso de abogados defensores y de ONGs defensoras de los Derechos Humanos. 

Si bien las alteraciones del orden dentro de las prisiones suelen ocurrir como algo relativamente normal en ambientes de alto estrés, hacinamiento, de privaciones, necesidades básicas insatisfechas, insalubridad, inactividad física y mental por la precariedad de los programas ocupacionales asi como por la imposibilidad de ocuparse laboralmente para cubrir sus gastos y apoyar en parte al sustento de los suyos, o para cubrir los costos de las indemnizaciones, desintegración familiar por las condenas altas y el desarraigo regional por los traslados a cárceles distantes de su origen y de sus procesos; también es cierto que actualmente predominan entre los reclusos (delincuentes comunes, guerrilleros y paramilitares) procesos de convivencia que hacen mas llevadera la vida en prisión. En este contexto las alteraciones disciplinarias suelen ser esporádicas y de origen en discordias personales de corta duración y de mínimo alcance, que en su mayoría son resueltas por los Comités de Convivencia sin la intervención de la guardia ni de los administrativos. 

Sin embargo, en el ERON-PICOTA, so pretexto de supuestas indisciplinas desaforadas y de inexistentes agresiones a la guardia, el personal de Custodia y Vigilancia viene suscitando agresiones permanentes contra los internos en lo que pareciera ser una política de provocación y de abusos físicos para legitimar medidas de represión que agravan las condiciones de vida, de por si, ya bastante precarias en el Establecimiento.

Un hecho de indisciplina es algo casual, y relativamente normal, que ocurre aislada y esporádicamente en el transcurso de un lapso de tiempo largo; dos alteraciones del orden mas o menos simultáneos o sucesivos, son una coincidencia; pero tres o mas sucesos de este tipo -máxime en corto tiempo-, ya muestran un patrón de comportamiento que exigen de atención.

Tal es el caso de los acontecimientos ocurridos en esta semana, para no ir mas lejos, en que la guardia ha provocado agresiones contra patios enteros ante situaciones de indisciplina menores o entre un par de internos que pueden y deben ser controlados por vías disciplinarias ajustadas, según cada situación, al reglamento y a los procedimientos previstos, pero que realmente han acabado en abusos de fuerza, abusos de autoridad y extra limitaciones en sus funciones contra comunidades enteras de reclusos.

Fue así como el dia lunes 22 de octubre la guardia agredió al patio 13, nivel 3, torre F, luego de una pelea entre dos internos. Igual caso ocurrió el día martes 23 en el patio 8, nivel 5, torre D, tras lo cual encalabozaron a todo el patio durante todo el día en franca practica de castigos colectivos proscritos por la legislación internacional. Ese mismo día por la tarde, cuando los internos del patio 14, nivel 5, torre F, recibíamos en fila los alimentos de la cena llego la guardia a encerrarnos sin que concluyera la entrega de los alimentos y sin tiempo de consumirlos; ante el reclamo de los internos por este abuso un oficial, el cabo Torres, saco a empeyones y golpes del bastón de mando al interno preso político Harvey Torres Ayala td 63234 excusandose en que el señor lo había agredido. Ante el reclamo de la comunidad de internos por el ataque contra el compañero, los oficiales y varios dragoneantes amenazaron que habrían nuevos impaces diciendo: "mañana vamos a ver que pasa", "al patio 14 lo tenemos en la mira".


Durante la madrugada del dia miércoles 24, sonó una alarma de sirena y la guardia acudió en tropel al patio 4, Nivel 5, torre B, donde gasearon y golpearon a todos los internos, y concluyeron nuevamente el operativo con encalabozamiento generalizado para todos los internos del patio. Luego hicieron un procedimiento de Registro y Control (rascada) en el patio 10, nivel 5, torre E, y de nuevo pretextando que algún interno del patio 14 los había "madreado" (?) Ingresaron a este patio en actitud hostil, iniciaron también aquí el operativo de Registro y Control, y a los pocos minutos cuando todos los internos pasaban ordenadamente a la requisa personal, un oficial saco a empujones al interno Jimmy Giraldo Barrios, quien reaccionó con vulgaridades por lo que comenzó a ser golpeado con el bastón de mando; la reacción de los demás internos exigiendo respeto no se hizo esperar y de inmediato cuatro guardianes mas, cayeron encima del interno agredido provocándole varias heridas abiertas y contusiones en la cabeza.


Varios internos intentaron separar a los guardias, del compañero que estaba siendo agredido, lo que finalmente y en cuestión de segundos sirvió de justificación para iniciar una agresión masiva de toda la guardia contra todos los internos del patio 14, 

arrinconando a doscientas hombres en un espacio de cuatro por seis metros con golpes de los bastones y seis disparos de gas lacrimógeno al cuerpo que dejaron varios contusos, ropas quemadas y al interno Nuver Vela Ducuara td 71705 cc 79223578 con una herida abierta en el pómulo y ojo izquierdos, producida por el golpe de una granada de gas lacrimógeno disparada con el truflay en linea recta, cuando la ley los obliga a hacer tiros parabólicos. Quedaron varios desmayados.

Llego todo el personal de guardia disponible y el Comando de Reacción Inmediata, CRI, que es el ESMAD del INPEC; atendió la situacion el Director del penal, Dr Cesar Augusto Ceballos, la Subdirectora My Magnolia Angulo, el Comandante de Vigilancia Te Humberto Vargas Ortiz y varios oficiales y suboficiales mas. Los voceros del patio que integran el Comité de Convivencia intentaron mediar dialogadamente, pero fueron aislados por la guardia junto a varios internos mas, que tras un nuevo procedimiento de requisa fueron seleccionados por guardias en actitud agresiva y hostil.


Finalmente, fueron llevados a los calabozos de la Unidad de Tratamiento Especial, UTE, 16 internos para ser trasladados en castigo; al interno herido en el rostro con el disparo del truflay, tras ser atendido en el Hospital de El Tunal, se le aisló en las celdas primarias (recepciones); y todos los internos del patio 14 fuimos encalabozados en nuestras celdas por 24 horas.


Como si fuera poco, tras los disturbios del patio 14, ocurrió otro tanto con el patio 1, nivel 3, torre A, donde la guardia procedió con fuerza de gas y garrotes intransigentemente; y luego hizo otro tanto en los patios 7 y 8, niveles 3 y 5 de la torre D. Concluyendo el dia con la sanción, para la gran mayoría de patios del ERON,  de suspension de visitas durante todo el fin de semana. 


Es importante destacar que durante todos estos sucesos, son principalmente los oficiales, suboficiales y dragoneantes de la compañía roja, quienes tienden a generar las mayores provocaciones y las mayores agresiones verbales, físicas y psicológicas. Al punto que se han llegado a presentar contradicciones y alegatos entre estos y los dragoneantes de la compañía azul, enfrente de los internos durante los operativos, donde algunos de los últimos increpan a la compañía roja por los procedimientos extremos contra los internos.

Esa noche hubo declaraciones publicas por cadenas radiales en las que el INPEC oficialmente difundió la version falaz de que en el patio 14 se había presentado un amotinamiento de los internos que se negaban al procedimiento de requisa, habían agredido a la guardia y ello había obligado al INPEC a realizar un procedimiento para someterlos.

Ante esta serie de atropellos y de violaciones masivas contra nuestros derechos humanos, solicitamos que se inicien las acciones penales y disciplinarias a que haya lugar, que haya el acompañamiento de los organismos de control y de ONGs defensoras de DDHH, asi como que se inicien las acciones urgentes del caso para atender los heridos y evitar los traslados y las sanciones que injustamente se vienen adelantando contra varios internos.



Finalmente, dejamos constancia que Duver Vela Ducuara, el herido en el rostro, ha sido amenazado con traslado a Valledupar si adelanta las denuncias pertinentes, y también han intentado sobornarlo para evitar las denuncias. Se niegan a llevarlo ante Medicina Legal y desaparecieron la historia clínica y los registros del servicio medico en el hospital El Tunal. Lo cual amerita igualmente investigaciones penales y disciplinarias.




COLECTIVO DE PRESOS POLITICOS POLICARPA SALAVARRIETA.

viernes, 26 de octubre de 2012

APOYO AL PARO DE ASONAL JUDICIAL


Bogotá D.C., Octubre 23 de 2012

Doctor:
JAIRO ENRIQUE CESPEDES ESPITIA
COMITÉ EJECUTIVO DE LA ABOGACÍA
Presidente




El comunicado que usted extiende ante la opinión pública general  contra el paro de ASONAL JUDICIAL, encima de los múltiples errores ortográficos y falta de una buena redacción, sin motivaciones de suficiente peso legal, le recuerdo que va en contra vía del derecho a la protesta pacífica y a los convenios de la OIT sobre Asociación, Negociación y Convención Colectiva, (Convenio 154 sobre el Fomento de la Negociación  Colectiva).

De  nuestra parte solicitamos por favor NO incluirnos en ese adefesio "rompe huelgas" y que de manifiesto pone la lápida al ya casi liquidado movimiento sindical por el sistemático asesinato por parte del terrorismo de estado que son delitos de lesa humanidad –parece poco que más del 50% de la violencia anti-sindical en el mundo ocurre en Colombia–.

Las peticiones de Asonal Judicial son constitucional y legalmente justas según el artículo 14  la Ley 4 de 1992 y según el articulo 1º, 25, inciso 2 del 93, 53, 39, 55, 56,  entre otros de la Carta Política, ya que los empleados como  escribientes reciben un millón de pesos de salario, un citador $800.000, los secretarios de despacho  deben ser abogados  con la misma experiencia que se exige para un Juez, pero se le paga un millón y medio mensual de pesos.

El Presidente de la República está en la obligación de nivelar los salarios  de acuerdo con criterios  de justicia y equidad. Los trabajadores de la Rama Judicial deben  tener salarios dignos  y se hace necesario con urgencia convocar la Mesa de Trabajo, donde realmente se concreten soluciones efectivas y reales para que el Gobierno Nacional expida los Decretos  y las Leyes necesarias  a fin de que se vea reflejado en el presupuesto  nacional un rubro para la nivelación  en la Rama Judicial, ésta debe ser la única razón para poder levantar el Paro.

Ruego el favor Dr. Céspedes hacer claridad sobre el comunicado que usted ha emitido, el cual parece más bien un  ultimátum del Ministerio de Justicia o del Trabajo contra las justas peticiones de los trabajadores de la Rama Judicial.


JUNTA DIRECTIVA



sábado, 13 de octubre de 2012

Edward Vargas Nossa, Delegado a Asamblea General de FECODE


"Si educación es transformación de una realidad en el sentido de cierta idea mejor que poseemos y la educación no ha de ser sino social, tendremos que la pedagogía es la ciencia de transformar las sociedades"



José Ortega y Gasset.





Por una reforma estructural  de la Federación 
que defienda:


*EL ESTADO SOCIAL DE DERECHO
*LOS DERECHOS FUNDAMENTALES
*LA EDUCACIÓN PUBLICA COMO DERECHO FUNDAMENTAL
*LOS DERECHOS LABORALES DE LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN
* LA PEDAGOGÍA COMO HERRAMIENTA DE TRANSFORMACION SOCIAL.

lunes, 8 de octubre de 2012

Video Relanzamiento Fundación Brigada Jurídica Eduardo Umaña Mendoza

                          
                           Video Relanzamiento Fundación Brigada Jurídica Eduardo Umaña Mendoza

jueves, 4 de octubre de 2012