
ESPACIO DEDICADO A DIVULGAR NOTAS DE INTERÉS DE LA ACADEMIA Y DEL DERECHO- POR LA FUNDACIÓN BRIGADA JURÍDICA EDUARDO UMAÑA MENDOZA
miércoles, 18 de agosto de 2010
CONSTANCIA ASEFUAC TESORERIA
Bogotá, D.C. Julio 27 de 2010.
Compañeros
JUNTA DIRECTIVA
ASEFUAC
DRA. ROSALBA TORRES
Presidenta
Ciudad
REF: CONSTANCIA.
En mi calidad de Tesorero de la Junta Directiva Nacional de ASEFUAC, me permito dejar constancia, de la determinación tomada en la pasada y última reunión de la Junta Directiva (8 de julio de 2010), que modifico la decisión tomada en la reunión de Junta Directiva de noviembre de 2009, que aprobó por unanimidad que el 5% de todos los ingresos a la ASEFUAC, deben de ir a un fondo especial, para la adquisición en un futuro de la sede vacacional para nuestros asociados.
La decisión que tomo la Junta Directiva en su reunión del 8 de julio de 2010, es contraria a la ley y nuestros estatutos, pues no se puede decir que dicha proposición no fue aprobada, todo lo contrario al redactar el acta de marras (noviembre de 2009), el secretario que la elaboro la redacto mal e incluso en varias ocasiones ha sucedido lo mismo con otras decisiones, pues de suyo es que el señor Contador, ya ha efectuado en los respectivos informes desde esa época los descuentos y así aparecen en los soportes presentados a la Junta, otra cosa es que dichos ahorros hayan sido destinados a otros rubros.
Por lo anterior dejo constancia de esos hechos y de ser procedente le solicito aclarar a los miembros de la Junta que dicha determinación tomada por ustedes es irregular y debe revocarse y proceder a corregirla.
Atentamente,
ULDARICO FLOREZ PEÑA
Tesorero
JUNTA DIRECTIVA
ASEFUAC
c.c.: Revisor Fiscal, Contador.
Compañeros
JUNTA DIRECTIVA
ASEFUAC
DRA. ROSALBA TORRES
Presidenta
Ciudad
REF: CONSTANCIA.
En mi calidad de Tesorero de la Junta Directiva Nacional de ASEFUAC, me permito dejar constancia, de la determinación tomada en la pasada y última reunión de la Junta Directiva (8 de julio de 2010), que modifico la decisión tomada en la reunión de Junta Directiva de noviembre de 2009, que aprobó por unanimidad que el 5% de todos los ingresos a la ASEFUAC, deben de ir a un fondo especial, para la adquisición en un futuro de la sede vacacional para nuestros asociados.
La decisión que tomo la Junta Directiva en su reunión del 8 de julio de 2010, es contraria a la ley y nuestros estatutos, pues no se puede decir que dicha proposición no fue aprobada, todo lo contrario al redactar el acta de marras (noviembre de 2009), el secretario que la elaboro la redacto mal e incluso en varias ocasiones ha sucedido lo mismo con otras decisiones, pues de suyo es que el señor Contador, ya ha efectuado en los respectivos informes desde esa época los descuentos y así aparecen en los soportes presentados a la Junta, otra cosa es que dichos ahorros hayan sido destinados a otros rubros.
Por lo anterior dejo constancia de esos hechos y de ser procedente le solicito aclarar a los miembros de la Junta que dicha determinación tomada por ustedes es irregular y debe revocarse y proceder a corregirla.
Atentamente,
ULDARICO FLOREZ PEÑA
Tesorero
JUNTA DIRECTIVA
ASEFUAC
c.c.: Revisor Fiscal, Contador.
COMUNICADO ASEFUAC TESORERIA
COMUNICADO No. 2 A LOS EGRESADOS ASOCIADOS A ASEFUAC
En mi calidad de Tesorero de la Junta Directiva Nacional de ASEFUAC, me permito informar a todos los egresados asociados que una vez expedido el comunicado No.1 del pasado 17 de junio de 2010, donde dejaba constancia que a partir de la fecha los fondos y recursos de ASEFUAC, deben de manejarse de conformidad con los estatutos vigentes nuestros, de una manera arbitraria y violatoria de los estatutos se expidió un memorando(sin fecha) a los miembros de la Junta Directiva firmado por la Presidencia y La Secretaria General donde manifiestan que en reunión de Junta del 8 de junio de 2010, serán ellos los que autoricen los gastos concernientes a la actividad de la Asociación situación esta que no es cierta pues nunca se discutió tal situación en la Junta Directiva y mal podría ser así, pues iría en contravía de los estatutos (articulo 38).
No puede la Presidencia delegar una función propia de la tesorería mas cuando la cuenta de Bancolombia No. 030436657790, ha venido siendo manejada UNICA e irregularmente por el Secretario General con una sola firma, situación que fue puesta en conocimiento del ente bancario y donde se solicito una investigación al respecto, pues los estatutos son muy claros: Funciones del Tesorero. Articulo 38 Numeral d “abrir, manejar y firmar, junto con el presidente las cuentas corrientes o de ahorros u otras de la misma índole en establecimientos bancarios”.
Mas grave aun, cuando ni siquiera se le a dado cumplimiento al acta de la reunión de Junta Directiva de octubre de 2009, donde se aprobó por unanimidad que el 5% de todo ingreso mensual debería consignarse en una cuenta especial para la adquisición de una sede vacacional para los socios.
Con sorpresa el día de hoy 7 de julio de 2010, las guardas de la entrada a la Asociación fueran cambiadas, sin haber informado a los miembros de la Junta con el único propósito de impedir mi ingreso, pues en horas de la mañana no llego ni la Secretaria, pero si personas ajenas a la administración de nuestra asociación que en un en tiempos pasado le hicieron mucho daño a nuestra asociación; en horas de la tarde nos presentamos con el DR. LUIS CARLOS BONILLA, nuevo Director de nuestro centro de conciliación y el Directivo MANUEL NOVA, a pesar de salir de nuestra sede el señor Vicepresidente tampoco pude ingresar sin explicación alguna.
Con todo ello se busca NO permitir mi ingreso a la sede para poder ejercer mi función como Tesorero de nuestra organización, pues una vez puse una serie de controles legales y estatuarios que no se han cumplido, se busca tratar de aislar a un directivo como a ocurrido con varios de ellos que se han marginado de la asociación por tales hechos y manejos irregulares de nuestros estatutos.
Solicito a todos los socios de nuestra asociación estar alertas, pues de mi parte exijo se me facilite la entrada a la sede y se tomen inmediatamente las medidas que estatutariamente he solicitado o un su defecto seguiré adelantando las acciones legales al respecto.
ULDARICO FLÓREZ PEÑA
TESORERO
JUNTA DIRECTIVA NACIONAL
Bogotá D.C., Julio 7 de 2010.
En mi calidad de Tesorero de la Junta Directiva Nacional de ASEFUAC, me permito informar a todos los egresados asociados que una vez expedido el comunicado No.1 del pasado 17 de junio de 2010, donde dejaba constancia que a partir de la fecha los fondos y recursos de ASEFUAC, deben de manejarse de conformidad con los estatutos vigentes nuestros, de una manera arbitraria y violatoria de los estatutos se expidió un memorando(sin fecha) a los miembros de la Junta Directiva firmado por la Presidencia y La Secretaria General donde manifiestan que en reunión de Junta del 8 de junio de 2010, serán ellos los que autoricen los gastos concernientes a la actividad de la Asociación situación esta que no es cierta pues nunca se discutió tal situación en la Junta Directiva y mal podría ser así, pues iría en contravía de los estatutos (articulo 38).
No puede la Presidencia delegar una función propia de la tesorería mas cuando la cuenta de Bancolombia No. 030436657790, ha venido siendo manejada UNICA e irregularmente por el Secretario General con una sola firma, situación que fue puesta en conocimiento del ente bancario y donde se solicito una investigación al respecto, pues los estatutos son muy claros: Funciones del Tesorero. Articulo 38 Numeral d “abrir, manejar y firmar, junto con el presidente las cuentas corrientes o de ahorros u otras de la misma índole en establecimientos bancarios”.
Mas grave aun, cuando ni siquiera se le a dado cumplimiento al acta de la reunión de Junta Directiva de octubre de 2009, donde se aprobó por unanimidad que el 5% de todo ingreso mensual debería consignarse en una cuenta especial para la adquisición de una sede vacacional para los socios.
Con sorpresa el día de hoy 7 de julio de 2010, las guardas de la entrada a la Asociación fueran cambiadas, sin haber informado a los miembros de la Junta con el único propósito de impedir mi ingreso, pues en horas de la mañana no llego ni la Secretaria, pero si personas ajenas a la administración de nuestra asociación que en un en tiempos pasado le hicieron mucho daño a nuestra asociación; en horas de la tarde nos presentamos con el DR. LUIS CARLOS BONILLA, nuevo Director de nuestro centro de conciliación y el Directivo MANUEL NOVA, a pesar de salir de nuestra sede el señor Vicepresidente tampoco pude ingresar sin explicación alguna.
Con todo ello se busca NO permitir mi ingreso a la sede para poder ejercer mi función como Tesorero de nuestra organización, pues una vez puse una serie de controles legales y estatuarios que no se han cumplido, se busca tratar de aislar a un directivo como a ocurrido con varios de ellos que se han marginado de la asociación por tales hechos y manejos irregulares de nuestros estatutos.
Solicito a todos los socios de nuestra asociación estar alertas, pues de mi parte exijo se me facilite la entrada a la sede y se tomen inmediatamente las medidas que estatutariamente he solicitado o un su defecto seguiré adelantando las acciones legales al respecto.
ULDARICO FLÓREZ PEÑA
TESORERO
JUNTA DIRECTIVA NACIONAL
Bogotá D.C., Julio 7 de 2010.
BASES GRINGAS SE CAEN
Bogotá, D.C. 18 de agosto de 2010.
Señor
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DR. JUAN MANUEL SANTOS
E.S.D.
REF: SOLICITUD LEVANTAMIENTO DE LA RESERVA CONCEPTO DEL CONSEJO DE ESTADO BASES AMERICANAS
ULDARICO FLOREZ PEÑA, colombiano mayor de edad vecino y residente de esta ciudad, muy respetuosamente me dirijo a su Despacho a través del presente escrito para el asunto de la referencia por los siguiente:
1. Desde el pasado 11 de noviembre de 2009, radicamos un derecho de petición en el Honorable Consejo de Estado, para que se me entregara copia autentica del concepto que emitió el Consejo de Estado con respecto a las bases americanas.
2. El 3 de diciembre de 2009, el Consejo de Estado dio respuesta informando que NO es de carácter reservado de conformidad con el articulo 110 del C.C.A. (anexo dos folios)
3. Manifiesta también que si es de mi interés conocer el concepto, se debe presentar la solicitud de levantamiento de la reserva al Señor Presidente de la República e informar al Consejo de Estado que él autorizo la publicación del mismo.
PETICION
1. Por lo anterior de conformidad con el articulo 23 d la carta Política y 5 del C.C. A. y congruentemente con el articulo 57 dela ley 270 /96, le solicito muy respetuosamente teniendo en cuenta el fallo de la Honorable Corte Constitucional del día de ayer 17 de agosto de 2010, LEVANTE LA RESERVA DEL CONCEPTO, que emitió el Consejo de Estado con respecto al Acuerdo Complementario de Cooperación y Asistencia Técnica en defensa y seguridad entre los Gobiernos de la Republica de Colombia y los Estados Unidos de América.(BASES AMERICANAS)
2. Informe al Honorable Concejo de Estado que el Presidente AUTORIZO, la publicación del mismo
3. Se me expida copia autentica a mi costa del mismo.
NOTIFICACIONES
Calle 13 No. 6-21 oficinas 403 Bogotá.
Atentamente,
ULDARICO FLOREZ PEÑA
C.C. No. 19.25.214 de Bogotá.
Señor
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DR. JUAN MANUEL SANTOS
E.S.D.
REF: SOLICITUD LEVANTAMIENTO DE LA RESERVA CONCEPTO DEL CONSEJO DE ESTADO BASES AMERICANAS
ULDARICO FLOREZ PEÑA, colombiano mayor de edad vecino y residente de esta ciudad, muy respetuosamente me dirijo a su Despacho a través del presente escrito para el asunto de la referencia por los siguiente:
1. Desde el pasado 11 de noviembre de 2009, radicamos un derecho de petición en el Honorable Consejo de Estado, para que se me entregara copia autentica del concepto que emitió el Consejo de Estado con respecto a las bases americanas.
2. El 3 de diciembre de 2009, el Consejo de Estado dio respuesta informando que NO es de carácter reservado de conformidad con el articulo 110 del C.C.A. (anexo dos folios)
3. Manifiesta también que si es de mi interés conocer el concepto, se debe presentar la solicitud de levantamiento de la reserva al Señor Presidente de la República e informar al Consejo de Estado que él autorizo la publicación del mismo.
PETICION
1. Por lo anterior de conformidad con el articulo 23 d la carta Política y 5 del C.C. A. y congruentemente con el articulo 57 dela ley 270 /96, le solicito muy respetuosamente teniendo en cuenta el fallo de la Honorable Corte Constitucional del día de ayer 17 de agosto de 2010, LEVANTE LA RESERVA DEL CONCEPTO, que emitió el Consejo de Estado con respecto al Acuerdo Complementario de Cooperación y Asistencia Técnica en defensa y seguridad entre los Gobiernos de la Republica de Colombia y los Estados Unidos de América.(BASES AMERICANAS)
2. Informe al Honorable Concejo de Estado que el Presidente AUTORIZO, la publicación del mismo
3. Se me expida copia autentica a mi costa del mismo.
NOTIFICACIONES
Calle 13 No. 6-21 oficinas 403 Bogotá.
Atentamente,
ULDARICO FLOREZ PEÑA
C.C. No. 19.25.214 de Bogotá.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)
